TÉRMINOS Y CONDICIONES

TÉRMINOS Y CONDICIONES

Términos y Condiciones – Compras de Productos o Servicios – Entidades Gubernamentales Dentro de los Estados Unidos


Términos y condiciones – Cotización adjunta – Entidades gubernamentales dentro de los Estados Unidos


    Los siguientes Términos y condiciones (en adelante, T&C) se aplican a las transacciones entre Compliant Technologies, LLC, una compañía de responsabilidad limitada de la Mancomunidad de Kentucky, sus proveedores de productos y sus distribuidores autorizados (en adelante, COMPLIANT) y una o más entidades gubernamentales dentro de los Estados Unidos. (en adelante ENTIDAD) por productos (en adelante PRODUCTOS o PRODUCTO) y/o servicios de capacitación (en adelante SERVICIOS o SERVICIO) que serán suministrados por EL ENTIDAD a la ENTIDAD. Se identifican los PRODUCTOS y/o SERVICIOS suministrados y los precios de los mismos a suministrar a la ENTIDAD en el formulario de pedido de COMPLIANT (en adelante COTIZACIÓN). A menos que se modifique por escrito y sea acordado por ambas Partes, estos T&C controlan todas las ventas de PRODUCTOS y/o SERVICIOS a la ENTIDAD. De conformidad con estos T&C, una ENTIDAD se define como “cualquier entidad nacional, federal, estatal, municipal, local, territorial u otra gobierno o cualquier fuerza armada, departamento, comisión, junta, oficina, agencia, autoridad reguladora o instrumento del mismo, o cualquier corte pública, organismo judicial o administrativo o tribunal.” Estos T&C se incorporan, por referencia, en la COTIZACIÓN, y una parte el pago de la COTIZACIÓN por parte de la ENTIDAD aceptado por el CUMPLIDOR indica que ambas Partes están de acuerdo con el monto de la COTIZACIÓN y la aceptación de los T&C.


I) Pedido y Entrega de PRODUCTOS


    Cuando la ENTIDAD ordena PRODUCTOS del CUMPLE, la ENTIDAD acuerda pagar por las cantidades, tamaños, precios de venta y cualquier impuesto y tarifa no exentos identificados en la COTIZACIÓN. A más tardar ocho semanas posteriores a la ejecución de la COTIZACIÓN, CUMPLIR entregará, a través de agente de COMPLIANT, PRODUCTOS identificados en la COTIZACIÓN a la ENTIDAD. Con la recepción del pedido de PRODUCTOS de la ENTIDAD identificados en la COTIZACIÓN, COMPLIANT recibirá la mitad del monto total identificado en la COTIZACIÓN. Con la entrega de los PRODUCTOS identificados en la COTIZACIÓN, la ENITIDAD el saldo pasa a ser pagadero, en su totalidad, a CUMPLIR de acuerdo con los términos establecidos en la COTIZACIÓN.


II) Orden de los SERVICIOS


    Cuando la ENTIDAD ordena SERVICIOS a CUMPLIR, la ENTIDAD acuerda pagar cualquier impuesto y cargo no exentos identificados en la COTIZACIÓN. CUMPLIR debe recibir el pago total de los pedidos de SERVICIOS de la ENTIDAD por el monto identificado en la COTIZACIÓN antes de que se proporcionen los SERVICIOS a la ENTIDAD. Si es necesario, luego de que el CUMPLIDOR reciba el pago por los SERVICIOS, la ENTIDAD recibirá una clave digital que le permitirá a la ENTIDAD acceder a los SERVICIOS en línea.

La ENTIDAD afirma que:

    Al menos una persona legalmente asociada a la ENTIDAD está en posesión de la calificación o recertificación de instructor del COMPLIANTE antes de que el instructor entrene a los aprendices, legalmente asociados a la ENTIDAD, en la operación y uso de los PRODUCTOS. Asociado legalmente con la ENTIDAD significa una persona real que es un empleado, un agente o un contratista independiente asociado con la ENTIDAD. Solo las personas legalmente asociadas con la ENTIDAD son elegibles para contratar SERVICIOS para los PRODUCTOS. Cualquier persona legalmente asociada con la ENTIDAD debe complete con éxito los SERVICIOS antes de usar los PRODUCTOS. Cualquier certificación recibida de COMPLIANT caducará dos años después de la calificación o recertificación inicial en persona o en línea.


III) Cargo por servicio de cancelación de pedidos


Transcurridas las setenta y dos horas (72) horas posteriores al pedido de PRODUCTOS y/o SERVICIOS de la ENTIDAD, si la ENTIDAD cancela el pedido de PRODUCTOS y/o SERVICIOS identificados en la COTIZACIÓN, EL CUMPLIDOR retendrá el treinta por ciento (30%) de la contraprestación identificada en el COTIZACIÓN y recibido por el CUMPLIDOR y reembolsará el resto de la contraprestación recibida a la ENTIDAD.


IV) Impuestos


Cualquier impuesto o cargo similar, incluidos, entre otros, los impuestos federales, estatales, nacionales, jurisdiccionales, provinciales y locales sobre las ventas, los impuestos especiales, el valor agregado, los bienes y servicios, así como las tarifas, derechos y recargos relacionados (en adelante, IMPUESTOS ADICIONALES y HONORARIOS) son responsabilidad de la ENTIDAD. A menos que la ENTIDAD haya proporcionado CUMPLIMIENTO con un certificado de reventa de exención en la forma adecuada para la jurisdicción del lugar de operaciones de la ENTIDAD y cualquier jurisdicción a la que los PRODUCTOS y/o SERVICIOS se envíen o entreguen directamente en virtud del presente, o a menos que la venta sea de otro modo exenta de dichos IMPUESTOS y CARGOS ADICIONALES, la ENTIDAD acuerda indemnizar y eximir de responsabilidad al CUMPLIDOR por cualquier responsabilidad por IMPUESTOS y CARGOS ADICIONALES en relación con esta venta de PRODUCTOS y/o SERVICIOS, así como el cobro o retención de los mismos, incluidas las multas e intereses correspondientes. . Cuando corresponda, los IMPUESTOS y CARGOS ADICIONALES, incluyendo las penalidades e intereses sobre los mismos, aparecerán en una factura separada a la ENTIDAD.


V) Título – Riesgo de Pérdida


    El título claro de los PRODUCTOS pasa a la ENTIDAD cuando la ENTIDAD ha pagado en CUMPLIMIENTO en su totalidad por los PRODUCTOS asociados con la COTIZACIÓN. El riesgo de pérdida pasa a la ENTIDAD cuando los PRODUCTOS se entregan a la ENTIDAD.


VI) Garantía limitada/Indemnización


    Durante un período de un año posterior a la fecha en que la ENTIDAD recibe cualquier PRODUCTO identificado en la COTIZACIÓN, COMPLIANT garantiza que reemplazará o reparará, sin cargo para la ENTIDAD, cualquier PRODUCTO no conforme que tenga defectos de material o mano de obra. De conformidad con la Sección VI, párrafo 1, de estos T&C, cuando a la ENTIDAD se le suministre un PRODUCTO idéntico o mejorado de última generación que corresponda al PRODUCTO (S) identificado en la COTIZACIÓN, siempre que los PRODUCTOS reemplazados y usados sean funcionales , la ENTIDAD devolverá el PRODUCTO reemplazado y usado al CUMPLIMIENTO al recibir el PRODUCTO idéntico o mejorado de última generación recién fabricado. Si se determina que el PRODUCTO no conforme se dañó debido al abuso, mal uso o negligencia del PRODUCTO por parte de la ENTIDAD, la ENTIDAD será responsable de los costos del PRODUCTO reparado o reemplazado. La apertura de cualquier contenedor que contenga cualquier PRODUCTO identificado en este Acuerdo por parte de la ENTIDAD, cuando la apertura del contenedor no se realiza en presencia del representante de COMPLIANT, anulará la garantía de la Sección VI 1) establecida en estos T&C. Las obligaciones exclusivas de COMPLIANT con respecto a un PRODUCTO no conforme serán, a opción de COMPLIANT, reparar o reemplazar el PRODUCTO o reembolsar a la ENTIDAD el precio de compra pagado por el PRODUCTO no conforme. La responsabilidad de COMPLIANTE por todos los reclamos no excederá la suma de los pagos de la ENTIDAD por los identificados en la COTIZACIÓN. Lo anterior es el único y exclusivo recurso de la ENTIDAD para todas las reclamaciones en virtud de la Sección VI de este Acuerdo. No se aplicará ninguna garantía a ningún PRODUCTO que haya sido objeto de mal uso, pruebas, ensamblaje o manejo incorrectos por parte de la ENTIDAD, o que haya sido operado de manera contraria a las instrucciones actuales relacionadas con a la instalación, mantenimiento u operación, o contrario a los estándares de la industria. Cualquier PRODUCTO reparado o reemplazado por CUMPLIMIENTO estará garantizado según lo dispuesto en estos T&C por el término restante identificado en la Sección VI 1). Aparte de estos T&C, cualquier otra comunicación escrita o verbal por cualquiera de los representantes de COMPLIANT en relación con cualquier PRODUCTO identificado en la COTIZACIÓN no crea una garantía expresa o implícita. COMPLIANT indemnizará a la ENTIDAD como resultado de la responsabilidad inapelable adjudicada de la ENTIDAD por cualquier marca registrada/marca de servicio, imagen comercial, secreto comercial, derechos de autor, infracción de diseño o patente, o infracción o interferencia con cualquier otro derecho de propiedad intelectual, que pudiera ocurrir, como resultado de la venta de cualquier PRODUCTO identificado en la COTIZACIÓN. Con respecto a la Sección V1 7), no habrá remedio o recurso contra CUMPLIMIENTO cuando la infracción o interferencia surge de o se basa de otro modo en (i) el cumplimiento del CUMPLIMIENTO con los requisitos particulares de la ENTIDAD que difieren de las especificaciones estándar del CUMPLIMIENTO para un PRODUCTO; (ii) modificaciones o alteraciones del PRODUCTO que no sean realizadas por COMPLIANT; o (iii) una combinación del PRODUCTO con otros dispositivos o elementos no suministrados o fabricados por COMPLIANT. COMPLIANT garantiza que todos los productos estarán libres de defectos (incluidos los defectos de diseño) y serán adecuados para los fines previstos. COMPLIANT también garantiza que todos los SERVICIOS se realizarán de manera profesional. Las garantías anteriores se suman a, y no limitarán, ninguna otra garantía o protección que exista por ministerio de la ley. Para un juicio final e inapelable de responsabilidad del producto contra los PRODUCTOS o un juicio adverso por lesiones personales/muerte por negligencia contra la ENTIDAD para la ENTIDAD uso de PRODUCTOS vendidos por COMPLIANT a la ENTIDAD, la responsabilidad acumulada/total de COMPLIANT está limitada a un millón de dólares ($1,000,000.00).


VII) Opción de la ENTIDAD de comprar garantía extendida para PRODUCTO(s)


    Antes de los 90 días posteriores a la compra inicial de cualquier PRODUCTO por parte de la ENTIDAD, la ENTIDAD tiene la opción de comprar una garantía de segundo y/o tercer año idéntica a la garantía de la Sección VI 1) de los T&C establecida anteriormente. Las garantías extendidas son las siguientes: La garantía extendida del segundo año tendrá un costo del veinte por ciento (20%) del precio total de los PRODUCTOS identificados en la COTIZACIÓN que describa los PRODUCTOS adquiridos inicialmente y extenderá la Sección VI 1) garantía por un segundo año a partir de la fecha de compra inicial del PRODUCTO(S); y/o La garantía extendida del tercer año tendrá un costo del veinticinco por ciento (25%) del precio total del PRODUCTO (S) identificado en la COTIZACIÓN (s) que describe el PRODUCTO (S) inicialmente comprado y extenderá la Sección VI 1) garantía por un tercer año a partir de la fecha de compra inicial del PRODUCTO(S).


VIII) Derechos de Propiedad Intelectual del OBLIGATORIO

    Aparte del uso de los PRODUCTOS como se describe en las instrucciones para el usuario que acompañan a los PRODUCTOS, nada en estos TyC otorga a la ENTIDAD ningún derecho o licencia para hacer, usar o vender cualquier software u otra propiedad intelectual asociada con los PRODUCTOS. Aparte de los SERVICIOS utilizados como descrito por COMPLIANT, nada en estos TyC otorga a la ENTIDAD ningún derecho o licencia para hacer, usar o vender cualquier software u otra propiedad intelectual asociada con los SERVICIOS.


IX) Pago Habitual de la ENTIDAD

    A través de los procedimientos de compra habituales de la ENTIDAD, la ENTIDAD deberá iniciar el pago de la COTIZACIÓN al CUMPLE. Cuando las ordenanzas locales, las leyes estatutarias o reglamentarias jurisdiccionales de la ENTIDAD requieran disposiciones adicionales a estos T&C antes de que se consuma la COTIZACIÓN, la ENTIDAD proporcionará, en un documento escrito, las disposiciones requeridas. y las citaciones reglamentarias y/o estatutarias que requieren las disposiciones adicionales para la aprobación por parte de CUMPLIMIENTO. Con la excepción del método de pago de la ENTIDAD para la COTIZACIÓN de PRODUCTOS y/o SERVICIOS identificados en la COTIZACIÓN, los procedimientos de compra habituales de la ENTIDAD no alterarán ninguna otra disposición de estos T&C. .Con respecto a los PRODUCTOS, el depósito en la cuenta bancaria del CUMPLIDOR y la liquidación de la ENTIDAD de la mitad del monto identificado en la COTIZACIÓN significará que el CUMPLIDOR acepta las disposiciones de pago de la Sección VIII, párrafo 2) de la ENTIDAD. cuenta bancaria del pago total de los SERVICIOS identificados en la COTIZACIÓN significará que el CUMPLIDOR está de acuerdo con las disposiciones de pago de la Sección VIII, párrafo 2) de la ENTIDAD.


X) Resolución de disputas

    Cualquier acción, demanda, reclamo o reconvención deberá ser interpuesta por cualquiera de las Partes dentro de los (12) meses posteriores a los hechos que dieron lugar a la causa de la acción o dicha acción, demanda, reclamo o reconvención se renunciará para siempre. Las Partes acuerdan resolver cualquier disputa entre las Partes que se derive de este Acuerdo mediante arbitraje vinculante de conformidad con las Reglas de la Asociación Estadounidense de Arbitraje.


XI) Reconocimiento de la ENTIDAD – Transacción en condiciones de plena competencia

La ENTIDAD reconoce que la aceptación de la COTIZACIÓN y estos T&C por parte de la ENTIDAD se realizó en condiciones de plena competencia y que la ENTIDAD no fue inducida de manera fraudulenta a comprar PRODUCTOS y/o SERVICIOS. La ENTIDAD explícitamente se exime y renuncia a cualquier reclamo con respecto a la inducción fraudulenta del OBLIGATORIO por parte del OBLIGATORIO para aceptar la COTIZACIÓN y estos T&C.


XII) Fuerza Mayor

    Las Partes estarán exentas de cualquier cumplimiento requerido en virtud del presente si dicho cumplimiento se vuelve imposible o inviable debido a una catástrofe u otro evento importante fuera de su control, incluidos, entre otros: guerra, motín, insurrección; leyes, proclamaciones, edictos, aranceles, ordenanzas o reglamentos; huelgas, cierres patronales, otros conflictos laborales graves o terrorismo; e inundaciones, incendios, explosiones, pandemias, pestilencias u otros desastres naturales. Cuando tales eventos hayan disminuido, las obligaciones de las Partes en virtud de estos T&C se reanudarán. Cualquiera de las Partes de estos T&C tendrá derecho a rescindir la COTIZACIÓN con un aviso por escrito de treinta (30) días si cualquiera de las Partes no puede cumplir con sus obligaciones en virtud de la COTIZACIÓN cuando cualquiera de las causas especificadas en la Sección XI son continuas por un período de ciento veinte (120) días a partir de la fecha de ejecución de estos T&C y la COTIZACIÓN adjunta.


XIII) Disposiciones Misceláneas

    Títulos de las secciones: los títulos de las secciones de estos T&C son solo por conveniencia y no se utilizarán para interpretar estos T&C. y el PRESUPUESTO adjunto. Rescisión de acuerdos anteriores entre las partes: estos T&C y el PRESUPUESTO adjunto rescinden y reemplazan cualquier entendimiento previo de las Partes del presente con respecto a los PRODUCTOS y/o SERVICIOS identificados en el PRESUPUESTO. Modificación: cualquier enmienda a estos T&C y el PRESUPUESTO adjunto estar por escrito y ser aceptado por cada Parte. Notificaciones – Cualquier notificación dada por cualquiera de las Partes deberá ser por escrito y podrá ser entregada a la Parte, a un funcionario de la Parte oa un representante designado de la Parte mediante: (a) entrega personal; (b) correo registrado o certificado por un servicio postal gubernamental, con acuse de recibo, a las direcciones que las Partes designen en lo sucesivo; (c) servicio de entrega de documentos comerciales a las direcciones que las Partes designen en lo sucesivo; o (d) entrega digital por fax o formato de documento portátil (PDF) que se confirme posteriormente mediante documentos tangibles entregados de conformidad con (a), (b) o (c) de este párrafo. Divisibilidad: una determinación de un tribunal de jurisdicción competente que cualquier disposición de estos T&C y la COTIZACIÓN adjunta no es válida en su totalidad o en parte no afectará la aplicabilidad de estos T&C y las disposiciones válidas restantes de la COTIZACIÓN adjunta. obligación en virtud del presente por la otra Parte, dicho incumplimiento no afectará ningún derecho posterior a exigir el cumplimiento de ese deber, garantía, convenio u obligación o cualquier otro deber, garantía, convenio u obligación posterior. La renuncia temporal por parte de cualquiera de las Partes a cualquier disposición actual de estos T&C y la COTIZACIÓN adjunta no constituirá una renuncia a ninguna otra disposición del presente ni al cumplimiento futuro de la disposición suspendida temporalmente. Efecto vinculante: el cumplimiento total o parcial por parte de las Partes de estos T&C y la LA(S) COTIZACIÓN redunda en beneficio de las Partes del presente y sus respectivos representantes, cualquier cesionario permitido o sucesor en interés. Ninguna de las Partes es considerado redactor: cada Parte reconoce que tuvo la oportunidad de consultar y ser representada por un abogado independiente de su elección durante todo el proceso. las negociaciones que precedieron a la consumación de la COTIZACIÓN y estos TyC y un tribunal de jurisdicción competente no considerará que ninguna de las Partes sea la redactora de estos TyC y la COTIZACIÓN adjunta. Honorarios de abogados: con respecto a la resolución de cualquier problema legal asociado con la COTIZACIÓN o los TyC, cada Parte correrá con los costos de los honorarios de sus abogados.


Las Partes acuerdan que estos T&C se incorporan, por referencia, en la COTIZACIÓN adjunta.

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